Texto de la norma
Decreto N° 1134 que extiende a los empleados municipales de San Cristóbal la Ley sobre compra de sueldos.- G. O. N° 5915, del 12 de Mayo de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1134.
Vista la instancia elevada por el Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal, el 17 de abril del presente año, por la cual solicita que se autorice a la Sucursal del Banco de Reservas de la República a comprar los sueldos de los empleados municipales de dicha Común;
CONSIDERANDO: Que las finanzas municipales de la Común de San Cristóbal se encuentran en satisfactorio estado de solvencia y considerando, además, la importancia del Presupuesto municipal de la Común indicada;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3° de la Constitución y en uso de la facultad de que estoy
investido por el artículo 5 de la Ley Nº 728, del 29 de abril de 1942, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-A partir del presente mes de mayo, serán extensivas a la Común de San Cristóbal las disposiciones de la Ley Nº 728, del 29 de abril de 1942.
Art. 2.- En consecuencia, el Ayuntamiento de San Cristóbal permitirá a los empleados municipales la negociación de sus sueldos, de acuerdo con la referida Ley y con la Ley Nº 703, del 20 de marzo de 1942, y la Sucursal del Banco de Reservas de la República en San Cristóbal estará autorizada para realizar con los empleados municipales las referidas negociaciones, en la forma legal.
Art. 3.-Las atribuciones que, de acuerdo con la Ley Nº 728 ya citada, corresponden al Presidente del Consejo Administrativo y al Tesorero del Distrito de Santo Domingo, corresponderán, en la Común de San Cristóbal, al Síndico Municipal y al Tesorero Municipal, respectivamente.
Art. 4.-El Secretario de Estado de lo Interior y Policía estará encargado de supervigilar la ejecución del presente Decreto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 5 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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