Decreto Nº 1130 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Matanzas, estableciendo un arbitrio sobre inhumación y exhumación de cadáveres.- G. O. Nº 5915, del 12 de Mayo de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1130.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-25 de la Constitución de la República;
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Matanzas en fecha 6 de marzo de este año, cuyo artículo 2º establece un arbitrio por los servicios de inhumación y exhumación de cadáveres que se presten en el Cementerio Municipal de dicha Común, a cobrar de conformidad con la siguiente tarifa:
Por cada inhumación de adultos.. .. .. $ 0.75
Por cada inhumación de personas de menos de 16 años.. .. .. .. .. .. .. .. .. " 0.50
Por cada exhumación .. .. .. .. .. .. .. " 1.00,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
UNICO.- Queda aprobado el arbitrio establecido por la
Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Matanzas arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 4 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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