Decreto No 1129 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de Matanzas, estableciendo un arbitrio sobre la venta de pescado.- G. O. No 5915, del 12 de Mayo de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1129.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-25 de la Constitución de la República;
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Matanzas en fecha 6 de marzo de este año, por me-
dio de la cual establece un arbitrio de un centavo sobre cada libra de pescado fresco que sea vendido dentro de los límites de la Común para el consumo doméstico, dicto el siguiente
D E C R E T O :
UNICO.- Aprobar, como por el presente apruebo, el arbitrio establecido por la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Matanzas arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 4 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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