Texto de la norma
Decreto Nº 1071, que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Santiago Rodríguez estableciendo un arbitrio sobre espectáculos públicos.- G. O. Nº 5895, del 1º de Abril de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1071.
En ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 49-25 de la Constitución de la República;
VISTA la Ley Nº 1416, de fecha 13 de noviembre de 1937, que establece un impuesto sobre espectáculos públicos y que autoriza a los ayuntamientos a fijar el tipo de éste "para los bailes, velaciones y otros espectáculos de fines especulativos, cuyos ingresos se recauden en forma de contribuciones, donativos o de cualquier otro modo".
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Santiago Rodríguez en fecha 12 de marzo de 1943,
que fija para el cobro del impuesto de espectáculos públicos la siguiente tarifa:
a) Por cada baile .... .... .... .... .. $1.50
b) Por cada velación .... .... .... .. $0.75
c) Por cualquier otro espectáculo, fiesta, función o exhibición no previstas especialmente en esta Ordenanza .... .... .... .. $1.00
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la citada Ley Nº 1416, las resoluciones por las cuales los Ayuntamientos fijan los tipos del impuesto de espectáculos públicos requieren la aprobación del Poder Ejecutivo,
DECRETO:
UNICO.- Aprobar como por el presente apruebo, la ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Santiago Rodríguez arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 27 días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto Nº 1072 concediendo carta de naturalización al Sr. Elías Asilis.- G. O. Nº 5897, del 7 de Abril de 1943.
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