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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1605

QUE APRUEBA UNA ORDENANZA SOBRE ARBITRIOS DEL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE SAN CRISTOBAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 dic de 1943fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 6012Gaceta Oficial del 22 dic de 1943
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1605, que aprueba una Ordenanza sobre arbitrios del Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal.— G. O. Nº 6012, del 22 de Diciembre de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1605. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 25º de la Constitución de la República dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo, el artículo primero de la Ordenanza Nº 154, dictada por el Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal en fecha 30 de noviembre de 1943, y cuyo texto se transcribe a continuación: "Art. 1.— Por cada traspaso o venta de acción del arrendatario a otra persona, autorizado por el Ayuntamiento, en terreno o solar de la Común, se cobrará un cinco (5) por ciento sobre el monto de la venta, entendiéndose que cuando este valor sea menos que aquel en que está tasado el terreno o solar, el cinco (5) por ciento se cobrará sobre la tasación que tiene establecida. Párrafo.— Exceptúase de todo pago el traspaso que se solicita por motivo de herencia, debidamente comprobado". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona