jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1598

QUE APRUEBA UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIETO DE HIGUEY ESTABLECIENDO UN ARBITRIO A CARGO DE LOS DUEÑOS ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 dic de 1943fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 6010Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
bitrio establecido por el artículo primero de la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Higüey del 19 de noviembre de 1943, cuyo texto se transcribe a continuación: "Art. I.- En la Tesorería Municipal se llevará un registro especial en el que todo dueño de trapiche tirado por fuerza animal o muscular, instalado dentro de los límites de esta Común, estará obligado a inscribirlo, y pagará al solicitar la inscripción la suma de DOS PESOS ($ 2.00)". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Decreto Nº 1599, que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Altamira estableciendo un arbitrio sobre servicio en el Cementerio Municipal.- G. O. Nº 6011, del 18 de Diciembre de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1599. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 43, inciso 25º de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : UNICO.- Aprobar, como por el presente apruebo, el arbitrio establecido por el artículo primero de la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Altamira, del 20 de noviembre de 1943, cuyo texto se transcribe a continuación: "Articule 1º- CREAR, como por la presente crea, un arbitrio por el servicio de inhumación y exhumación de cadáveres que se hagan en el cementerio municipal de la Común de Altamira y en los de las Secciones donde éstas existan, cobrar de conformidad con la siguiente tarifa: Por cada inhumación de adultos.. .. .. .. .$ 1.00; Por cada inhumación de menos de 16 años.. " 0.50 Por cada Exhumación.. .. .. .. .. .. .. .. " 1.00."

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona