Texto de la norma
Decreto Nº 1592 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de La Descubierta estableciendo un arbitrio para el oficio de limpiabotas.— G. O. Nº 6010, del 15 de Diciembre de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1592.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 25º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo, los artículos primero y segundo de la Ordenanza dictada en fecha 25 de noviembre de 1943 por el Ayuntamiento de la Común de La Descubierta, y cuyos textos se transcriben a continuación:
"Art. 1.- En la Tesorería Municipal se llevará un registro especial en el que todo limpiabotas, dentro de los límites de esta Común estará obligado a inscribirse, debiendo declarar, a más de su nombre, la dirección y los datos de identificación de la Cédula Personal, y comprobarlo por medio de la presentación del certificado correspondiente, que se halla en el estado de salud requerido por la Ley de Sanidad para ese fin.
Art. 2.- Por la inscripción deberá pagar cada interesado en la Tesorería Municipal CINCUENTA CENTAVOS anualmente, que renovará de Enero a Febrero en lo adelante, y percibirá recibo que le servirá de comprobante de pago y de estar autorizado al ejercicio del oficio".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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