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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1051

que autoriza el tránsito de carretas, mulos, bueyes, y toda clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 mar de 1943fecha
Otrostipo
G. O. 5891Gaceta Oficial del 24 mar de 1943
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 1051, que autoriza el tránsito de carretas, mulos, bueyes, y toda clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República.- G. O. N° 5891, del 24 de Marzo de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1051. CONSIDERANDO: Que, en vista de la restricción del suministro de combustibles impuesta por las circunstancias actuales, los servicios de los vehículos de motor pueden llegar a ser insuficientes para las necesidades del transporte de carga y de pasajeros, y que, por tanto, es conveniente ofrecer todas las facilidades necesarias para que el transporte pueda ser efectuado o completado por otros medios; En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley Nº 16, del 23 de junio de 1942, sobre Medidas de Emergencia, D E C R E T O : Art. 1.- Queda autorizado el tránsito de carretas, mulos, bueyes, y toda otra clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República. PARRAFO.- Esta autorización no abarca a los vehículos de motor cuyas llantas metálicas, por el desgaste de las gomas, sobresalgan de éstas, en perjuicio del afirmado de los caminos y carreteras. Art. 2.- Quedan suspendidas todas las disposiciones legales o reglamentarias que estén en contrariedad con el presente Decreto. Art. 3.- La violación de este Decreto en el párrafo del artículo 1 se castigará con las penas previstas en la Ley Nº 16 ya indicada Art. 4.- El presente Decreto sustituye el Decreto Nº 142, del 3 de agosto de 1942. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 17 días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona