Texto de la norma
Capital de la Rqniblica Dominicana, a 10s 19 dias del mes de
febrers del aiio mil novecientos cuarenta y tres, aiios 9-99 de
la Independencia, 809 de la Restauraci6n y 139 de la Era de
Tru jillo.
RAFAEL L. TKUJILLO.
Decreto NQ 997 que aprrleim el arbitrio sstablec!do por el Ayunta:nbnto
de la Cornfin de Moca, sobre vehidos de trtrccibn animal o mmu1ar.-
G. 0. NQ 5876, del 2+4 de Febrero de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la RepLblica Dominicana
NUMERO 997.
En ejercicio de la atribucidn que me eonfiere e1 articulo
@4%9 de la Constituci6n de la Repiblica;
VISTA la Resoluci6n dictada por el Ayuntamiento de la
Comb de Mocs en fecha 4 de febrero de este aiio, mediantoe la
cual establece un arbitrio sobre vehiculos de tracci6n animal
o muscular que deberi ser cobrado semestraimente de confor-
midad con la siguiente tarifa:
Carretas movidas por traccibn animal o de us0
privado, que rindan servicio dentro de 10s limi-
tes de la Corntin. ....................
.$ 3 .oO.;
Bicicktas que transiten por las calles de la ciu-
dad y caminos de la Camfin.. ............ 1.00;
Carritos de mano de vender pan, helados, frfrio-
frfo, chocolate, etc. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0.50;
DbE C 31 E 'I'
0 :
WN1CO.-
Aprobar, como por el presente apruebo el ar-
bitrio eshblecido por la Resoiuci6n del Ayuntamiento de la
Comrin de Moca, srriba mencionada.
IDAADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo.
Capital de la Rep~blica Dominicana, a !os 19 dias del mes de
febrero del aiio mil novecientos cuarenta y tres, aiios 999 de
la Independencia, W de la Reatauraci6n y 139 de la Era de
Trujillo,
RAFAEL L 'PRUJILLQ,
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