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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 960

QUE FIJA JUBILACION CON PENSION DE $6.00 A LA SRA. MERCEDES QUIRINO HERNANDEZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 feb de 1943fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 5882Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Decreto No 979, que nombra al Dr. Rolando Alberto Roques Martínez Secretario de Segunda Clase de la Legación de la República en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.- G. O. No 5871, del 13 de Febrero de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 979. En virtud de las atribuciones que me confiere la Constitución del Estado, DECRETO: El Doctor Rolando Alberto Roques Martínez queda nombrado Secretario de Segunda Clase de la Legación de la República en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los 9 días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y tres, años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Decreto No 980, que fija jubilación con pensión de $8.00 a la Sra. Mercedes Quirico Hernández.- G. O. No 5882, del 8 de Marzo de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 980. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución y visto el artículo 1 apartado (a) de la Ley sobre concesión de Pensiones del Estado, No 163, del 30 de enero del año en curso; CONSIDERANDO: Que la señora Mercedes Quirico Hernández ha prestado servicios al Estado, por más de veinte años, en calidad de enfermera, en el ramo de asistencia pública; CONSIDERANDO: Que dicha señora se encuentra en avanzada edad y en condiciones de salud que no le permiten continuar labcrando en el referido ramo, D E C R E T O : Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación a la señora Mercedes Quirico Hernández, enfermera. Art. 2.— Se fija a la beneficiaria de esta jubilación una pensión de ocho pesos mensuales, que será pagada con cargo al Símbolo correspondiente de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 10 días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y tres, años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Decreto Nº 981, que concede la incorporación a la Sociedad Cooperativa "Gemilath Chesed", de Ciudad Trujillo.— G. O. Nº 5882, del 8 de Marzo de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 981. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución de la República; VISTAS las instancias que por conducto del Procurador General de la República ha elevado en fechas 5 de enero y 3 de febrero de 1943 al Poder Ejecutivo el señor Feibis Steinmetz, en su calidad de Presidente de la Sociedad Cooperativa "Gemilath Chesed", mediante las cuales solicita la incorporación de dicha sociedad de conformidad con la ley de la materia; VISTOS los Estatutos de dicha sociedad de fecha 13 de diciembre de 1942, y las modificaciones a los mismos de fecha 3 de febrero del año en curso; VISTOS los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona