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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4

CONCESION AL GENERALISIMO DR. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, DE LOS PRIVILEGIOS DE QUE DISFRUTA EL...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 ago de 1938fecha
Concesióntipo
G. O. 5210Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 4. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso ter- cero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado; CONSIDERANDO: que mi ilustre antecesor, el Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, por su inigualable labor como Presidente de la República durante los últimos venturosos ocho años, se ha hecho acreedor al calificativo popular de Creador de la Patria Nueva, y al título oficial de Benefactor de la Patria; CONSIDERANDO: que es deber del Estado premiar espiritualmente con las más altas distinciones al ciudadano que ha logrado con su genio y sus excelsas virtudes elevar el prestigio de su Patria a la más alta dignidad, D E C R E T O : UNICO.— El Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria, disfrutará de todos los privilegios, honores, prerrogativas y preeminencias de que disfruta el Presidente de la República; y las señoras Doña María de los Angeles Martinez Alba de Trujillo Molina y Doña Julia Molina Viuda Trujillo Valdez, esposa y madre, respectivamente, del Benefactor de la Patria, disfrutarán de los mismos honores y privilegios atribuídos a la Primera Dama de la República. DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los diez y seis días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y ocho. JACINTO B. PEYNADO. Designación del Mayor General José García como Secretario de Estado de lo Interior y Policía y de los señores Horacio A. A. Febles y José Antonio Hungría, como Subsecretarios de Estado de lo Interior y Policía y de Educación Pública, respectivamente.— G. O. No. 5210, del 20 de Agosto de 1938.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona