M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Vicepresidente de la República Dominicana. EN FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO.
NUMERO 582.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado;
VISTA la resolución dictada por el Ayuntamiento de La Romana en fecha 16 de junio de 1939, que contiene aceptación de la donación sin ninguna condición hecha a esa común por The Central Romana, Inc., de la tubería de hierro colado de ocho pulgadas de diámetro que utilizaba anteriormente dicha compañía y que se extiende desde el depósito de agua, propiedad de la donante en "Río Dulce" a través del pueblo de La Romana por la calle segunda de Norte a Sur; y
VISTO el artículo 910 del código civil,
D E C R E T O :
UNICO:- El Ayuntamiento de la común de La Romana queda autorizado para aceptar a nombre de ésta la donación arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona