GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 2358.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;
D E C R E T O :
Art. 1.— La Facultad de Derecho, la de Medicina, la de
Farmacia y Ciencias Quimicas y la de Ciencias Exactas, de la Universidad de Santo Domingo, celebrarán anualmente sendos concursos científicos en que participarán exclusivamente los alumnos en ellas inscritos.
Art. 2.- Estos concursos versarán sobre asuntos relativos a las respectivas disciplinas de las Facultades; pero la elección de temas quedará a opción de los concursantes.
Art. 3.- Los trabajos se depositarán en la Secretaría de la Universidad antes del 31 de julio de cada año, en la forma y con los requisitos que establezca el Consejo Universitario.
Art. 4.- Los jurados para el examen de los trabajos y la adjudicación de los premios serán designados por el Consejo Universitario, y estarán compuestos por profesores de las respectivas Facultades.
Art. 5.- El mejor trabajo presentado a cada concurso de la Facultad de Derecho obtendrá un premio que se denominará "Francisco J. Peynado", y consistirá en un diploma de honor y la suma de cien pesos.
Art. 6.- El mejor trabajo presentado a cada concurso de la Facultad de Medicina obtendrá un premio que se denominará "Doctor Báez", y consistirá en un diploma de honor y la suma de cien pesos.
Art. 7.- El mejor trabajo presentado a cada concurso de la Facultad de Farmacia y Ciencias Químicas obtendrá un premio que se denominará "Alvaro Logroño", y consistirá en un diploma de honor y la suma de cien pesos.
Art. 8.- El mejor trabajo presentado a cada concurso de la Facultad de Ciencias Exactas obtendrá un premio que se denominará "Leopoldo Navarro", y consistirá en un diploma de honor y la suma de cien pesos.
Art. 9.- La distribución de los premios se hará en acto solemne el día 28 de octubre de cada año.
Art. 10.- El Consejo Universitario dictará las disposiciones necesarias para la ejecución de este decreto.
DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de julio del año mil novecientos treintiocho.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona