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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4457

QUE DEROGA EL DECRETO DEL 20 DE AGOSTO 1904, RELATIVO AL PAGO DE LOS DERECHOS ADUANEROS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 1904fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 1554Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4457.-DECRETO del P. E. que deroga el decreto del 20 de Agosto 1904, relativo al pago de los derechos aduaneros.- G. O. Núm. 1554 del 13 de Agosto 1904. CARLOS F. MORALES L., Presidente Constitucional de la República. Considerando: que el estado de normalidad en que ya se encuentra el país permite que se tomen medidas tendentes á organizar la Administración pública á fin de poder cumplir los numerosos compromisos que la gravan; Considerando: que es deber del Gobierno buscar una forma de pago equitativa para todos los acreedores, ya que la actual sólo favorece á unos y perjudica á otros; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, DECRETO: Art. 1º A partir del día 20 del mes en curso queda derogado el Decreto del Gobierno Provisional de fecha 14 de Mayo próximo. ximo pasado, que dispone recibir en las oficinas fiscales de la República, en pago de los impuestos aduaneros un 25% en documentos de los emitidos legalmente en virtud de Contratos etc. Art. 2º El 5% sobre artículos de billetes se seguirá cobrando en la forma expresada en el decreto de fecha 30 de Julio del corriente año. Art. 3º Del mismo modo se continuará cobrándose el recargo especial de 8% efectivo sobre el valor de todo impuesto á la mercancía de adeudo: Art. 4º Por una disposición especial se decretará oportunamente, se dará una forma de liquidación á todos los créditos legalmente reconocidos pendientes de pago. Art. 5º Este decreto deroga todo otro que le sea contrario y en cuanto á su ejecución queda sujeto á las órdenes del Ministro de Hacienda. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 12 días del mes de Agosto de 1904; año 61º de la Independencia y 41º de la Restauración. MORALES L. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio,—Federico Velázquez H.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona