Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 2155.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado;
VISTA la exposición que por conducto de la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo, sometieron al Poder Ejecutivo los señores Manuel Del Monte y Rafael Rovira R., en fecha 13 de diciembre de 1937, mediante la cual solicitan el registro de derechos mineros que dicen tener en virtud de denuncia formulada el 24 de abril de 1932 por ante el Gobernador de la provincia de Azua, de una mina de hidrocarburo-petróleo y otra de calcopirita de cobre, denuncia formulada al amparo de la extinta ley de minas del 8 de junio de 1910;
VISTO los artículos 3, 5, 7 y 8 de la ley de depuración y registro de derechos relativos a minas, número 1361 de fecha treinta de julio de 1937;
VISTO el artículo 5 de la ley número 155 promulgada el 14 de mayo de 1925;
CONSIDERANDO que por el examen de los documentos que acompañan la exposición sometida por los señores Manuel Del Monte y Rafael Rovira R., se comprueba que dichos señores dejaron caducar los derechos mineros que adquirieron y no pueden hacerlos valer en forma alguna,
D E C R E T O:
Art. 1.- Rechazar por improcedente la solicitud que por conducto de la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo, sometieron al Poder Ejecutivo los señores Manuel Del Monte y Rafael Rovira R., en fecha 13 de diciembre de 1937, para obtener de conformidad con la ley número 1361 de fecha 30 de julio de 1937, el registro de derechos mineros que alegan en su provecho.
Art. 2.- Que el expediente motivo de este decreto, sea enviado a la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo, para los fines de la publicación prevista en los artículos
6, 7 y 8 de la expresada ley número 1361 de fecha 30 de julio de 1937.
DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de febrero del año mil novecientos treinta y ocho.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Rechazo de la solicitud del Sr. Manuel Del Monte para obtener el registro de los derechos que alega en su provecho, de una mina de cromo.— G. O. No. 5138, del 10. de Marzo de 1938.
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