Texto de la norma
Decreto Nº 395, que modifica el Decreto Nº 55, del 30 de octubre de 1924, que autorizó al Sr. Domingo Rodríguez a tomar agua del Río San Juan.- G. O. Nº 5827, del 18 de Noviembre de 1942.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 395.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución;
CONSIDERANDO; Que, por Decreto Nº 55, del 30 de octubre de 1924, se autorizó al señor Domingo Rodríguez, en virtud de la Ley de Aguas del 22 de noviembre de 1909, a tomar del río San Juan hasta la cantidad de 1,500 litros de agua por segundo en el sitio denominado El Mamey, Común de San Juan de la Maguana, para fines industriales;
CONSIDERANDO: Que el artículo 6 de dicho Decreto dispuso que la autorización concedida perimiría a los dos años en caso de no llevarse a cabo en ese plazo las obras necesarias para la utilización industrial de las aguas ya indicadas;
CONSIDERANDO: Que se ha establecido que, hasta la presente fecha, el señor Domingo Rodríguez sólo ha construído
obras que requieren el uso de 624 litros de agua por segundo,
D E C R E T O :
UNICO.- Se modifica el Decreto Nº 55, del 30 de octubre de 1942, en el sentido de que la cantidad de agua para utilizar la cual se autorizó al señor Domingo Rodríguez, con fines industriales, quede reducida a 624 litros por segundo, en la forma indicada por el Decreto ya mencionado.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 13 días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99º de la independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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