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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 750

IMPRESION DE ESPECIES TIMBRADAS (SELLOS DE CORREOS AEREOS).

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 sept de 1940fecha
Otrostipo
G. O. 5504Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 750. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado; y VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Ren- tas Internas, D E C R E T O : Artículo 1.- Se autoriza una emisión de sellos de correos para el franqueo aéreo internacional, Pro-Faro de Colón, en los siguientes tipos y cantidades: 100.000 sellos del tipo de diez centavos, color azul; 50.000 sellos del tipo de quince centavos, color sepia; 60.000 sellos del tipo de veinte centavos, color rojo oscuro; 50.000 sellos del tipo de veinticinco centavos, color lila; 50.000 sellos del tipo de cincuenta centavos, color verde. Artículo 2.- Los sellos de diez centavos se imprimirán en tamaño de veintitrés milímetros de ancho por cincuenta mi- límetros de largo, en color azul y en cantidades de 50 sellos en cada hoja. En la parte superior cubriendo todo el largo del sello lleva las palabras "República Dominicana". En el cen- tro la silueta de un avión en ascenso y en el cuerpo del mismo llevará las siguientes inscripciones: horizontalmente "1492-12 de Octubre-1940", más abajo "Pro-Faro de Colón"; en el cen- tro, de manera vertical, la palabra "Correo" y más abajo, ho- rizontalmente, la palabra "Aéreo". A la izquierda del sello se destaca el proyecto del Faro de Colón y a la derecha las tres carabelas. En el ángulo inferior derecho: el valor facial del sello en números y el signo de centavos. Los sellos de quince centavos, de veintitrés milímetros de ancho por cincuenta milímetros de largo, en color sepia y en cantidades de 50 sellos en cada hoja. En la parte supe- rior cubriendo todo el largo del sello lleva las palabras "Repú- blica Dominicana". En el centro la vera efigie del Gran Na- vegante Cristóbal Colón. A la izquierda se destaca el proyec- to del Faro de Colón. A la derecha lleva las siguientes ins- cripciones “12 Octubre-1492-1940-Correo Aéreo”; el valor facial del sello en números y el signo de centavos. En la parte inferior las palabras “Pro-Faro de Colón”. Los sellos de veinte centavos, de veintitrés milímetros de ancho por cincuenta milímetros de largo, en color rojo oscuro y en cantidades de 50 sellos en cada hoja. En la parte superior cubriendo todo el largo del sello lleva las palabras “República Dominicana”, y más abajo con letras más pequeñas, la siguiente inscripción “1492-12 de Octubre-1940”. A la derecha verticalmente, la palabra “Aéreo” y a la izquierda de la misma manera, la palabra “Correo”. En la parte inferior lleva las palabras “Pro-Faro de Colón”. En el ángulo inferior izquierdo el valor facial del sello en números y en el de la derecha el signo de centavos. En el centro se destaca el “Faro de Colón”. Los sellos de veinticinco centavos, de veintitrés milímetros de ancho por cincuenta milímetros de largo, en color lila y en cantidades de 50 sellos en cada hoja. En la parte superior cubriendo todo el largo del sello lleva las palabras “República Dominicana”. En la mitad de la izquierda del centro lleva la vera efigie del Gran Navegante Cristóbal Colón. En el ángulo superior las palabras “Correo Aéreo”; en el inferior, el valor facial del sello en número y el signo de centavos. En la mitad de la derecha lleva la siguiente leyenda: “El Faro de Colón será erigido en la República Dominicana con el concurso de todas las naciones americanas para perpetuar la memoria del Gran Navegante y como símbolo de paz y confraternidad entre las repúblicas del Hemisferio Occidental”. En la parte inferior, una silueta del proyecto del Faro de Colón, cuyas luces alcanzan la expresada leyenda. Más abajo con letras más grandes, la inscripción “1492-12 de Octubre-1940” Pro-Faro de Colón”. Los sellos de cincuenta centavos, de veintitrés milímetros de ancho por cincuenta milímetros de largo, en color verde y en cantidades de 50 sellos en cada hoja. En la parte superior cubriendo todo el largo del sello lleva las palabras “República Dominicana”. Más abajo a la izquierda con letras más pequeñas “Correo Aéreo” y a la derecha las siguientes inscripciones: “1492-1940- 12 de Octubre”. En el centro dos alas de la aviación y dentro de un círculo se destaca una carabela. En la parte inferior central una silueta del proyecto del Faro de Colón, cuyas luces iluminan las alas de la aviación. En la parte inferior se leerán las palabras "Pro-Faro de Colón". En el ángulo inferior izquierdo el valor facial del sello en números; a la derecha el signo de centavo. Artículo 3.- Esta emisión de sellos será puesta en circulación el día 12 de octubre del presente año. DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la "Era de Trujillo". M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Cancelación de las Letras Patentes que acreditaban al Sr. Julián Urive Gaviria como Cónsul Honorario de la República en Medellín, Colombia.- G. O. Nº 5504, del 21 de Septiembre de 1940.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona