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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 255

QUE ANULA RECLAMACIONES POR CREDITOS CONTRA EL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 1942fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 5802Gaceta Oficial del 21 sept de 1942
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 255, que anula reclamaciones por créditos contra el Estado.— G. O. Nº 5802, del 21 de Septiembre de 1942 RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 255. En uso de las facultades que me confiere el artículo 6 de la Ley Nº 412, de fecha 17 de febrero de 1941; VISTO el informe presentado por la Comisión Depuradora de Créditos contra el Estado, en el cual se recomienda la anulación de las reclamaciones que más adelante se detallan, DECRETO: UNICO.— Se anulan las reclamaciones por créditos contra el Estado que se mencionan a continuación: 1º— La reclamación número quinientos ochentiseis (586), por concepto de arrendamientos y sueldos, de Ana Carlota Luis de Sánchez, por la suma de noveinticinco pesos con ochenta centavos ($95.80), por ser una duplicación o repetición de parte de la reclamación número 518-A; 2º— La reclamación número un mil ocheintidós (1082), por concepto de sueldos, de Armando Germán, por la suma de ciento doce pesos con cincuenta centavos ($ 112,50), por haber renunciado a ella el reclamante en favor de Verónica Casabianca; 3º— La reclamación número tres mil quinientos sesentiseis (3566), por concepto de sueldos, de José Antonio Tolentino, por la suma de treinta pesos ($ 30.00), por ser una duplicación o repetición de la reclamación número 1266; 4º— La reclamación número cinco mil setecientos cuarentidós (5742), por concepto de sueldos de Angélica Pichardo, por la suma de sesenta pesos ($ 60.00), por ser una duplicación o repetición de parte de la reclamación número 406; 5º— La reclamación número seis mil doce (6012), por concepto de sueldos, de Margot Peña, por la suma de treinticinco pesos ($ 35.00), por ser una duplicación o repetición de parte de la reclamación número 1254; 6º— La reclamación número seis mil seiscientos treintinueve (6639), por concepto de sueldos, de Teodoro Medina, por la suma de treintitrés pesos ($ 33.00), por ser una duplicación o repetición de parte de la reclamación número 1211; 7º— La reclamación número ocho mil novecientos diez (8910) por concepto de arrendamientos, de José Domingo Rosado, por la suma de cuarenta pesos ($ 40.00), por ser una duplicación o repetición de parte de la reclamación número 1222. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 15 días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y dos, años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona