Texto de la norma
Núm. 4330.—DECRETO del G. P. que restablece la Constitución de 1896.—G. O. Núm. 1520 del 12 de Diciembre 1903.
CARLOS F. MORALES L., Presidente del Gobierno Provisional de la República.
Considerando: que el triunfo del Gobierno Provisional establecido en Pto. Plata, en el mes de Octubre deja asegurado el orden público que él se propuso restablecer sobre las bases de la moralidad, la concordia y el progreso;
Considerando: que para llenar cumplidamente el objeto expresado en el artículo anterior, se hace necesario observar un régimen regular, dentro del período provisional;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
DECRETO:
Unico: Queda en su fuerza y vigor la Constitución del Estado, revisada por el Congreso Nacional de la República, en la Legislatura del año 1896.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 8 días del mes de Diciembre de 1903; año 60º de la Independencia y 41º de la Restauración.
MORALES L.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía,—M. A. Pichardo.
Refrendado: El Ministro de Relaciones Exteriores:—Manuel A. Machado.
Refrendado: El Ministro de Justicia é Instrucción Pública,—Enrique Jimenes.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas,—E. Victoria.
Refrendado: El Ministro de Correo y Telégrafos,—Carlos Ginebra.
Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina,—Eliseo Cabrera.
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