Texto de la norma
Núm. 4320.-DECRETO del C. N. que autoriza la contratación de un empréstito de $120.000.-G. O. Núm. 1509 del 5 de Setiembre 1903.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República,
A iniciativa del Poder Ejecutivo y previas las tres discusiones constitucionales.
Vista la comunicación del Ministro de Hacienda y Comercio, de fecha 26 del mes próximo pasado, mediante la cual á nombre del Poder Ejecutivo, pide se le autorice á contratar un empréstito de ciento veinte mil pesos oro americanos ($120.000), con el interés convencional más módico posible, amortizable con el impuesto de guerra 50 centavos oro que grava cada quintal de cacao que se exporte por los puertos de la República;
Considerando: que es de utilidad pública la contratación de dicho empréstito, puesto que actualmente sufren las atenciones del servicio público, por falta de los recursos necesarios para llenar las más imprescindibles necesidades;
DECRETA:
Art. 1º Se declara de utilidad pública la contratación de un empréstito, por la suma de ciento veinte mil pesos oro americano ($120.000), y se autoriza al Poder Ejecutivo á levantarlo con el comercio del país, devengando el interés convencional más módico posible, amortizable con el impuesto de guerra, 50 centavos que pesa sobre cada quintal de cacao que se exporte por los puertos de la República.
Art. 2º El contrato correspondiente será sometido al Congreso para los fines constitucionales.
§ Envíese al Poder Ejecutivo para los fines de ley.
Dado en la Sala de sesiones, el día 4 de Setiembre de 1903; año 60º de la Independencia y 41º de la Restauración.
El Presidente: Manuel A. Machado. - Los Secretarios: Enrique Montes de Oca R. - Enrique Jimenes.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 4 del mes de Setiembre de 1903; año 60º de la Independencia y 41º de la Restauración.
El Presidente de la República,
A. W. y Gil.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, José Brache.
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