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Decreto

Decreto 1625

que autoriza a "La Metropolitana, Compañía Nacional de Seguros S. A.", de la Habana, Cuba, a dedicarse en la República Dominicana al negocio de seguros en el ramo de Incendio

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 1943fecha
Otrostipo
G. O. 6024Gaceta Oficial del 22 ene de 1944
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 1625 que autoriza a "La Metropolitana, Compañía Nacional de Seguros S. A.", de la Habana, Cuba, a dedicarse en la República Dominicana al negocio de seguros en el ramo de Incendio.- G. O. No 6024, del 22 de Enero de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1625. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República; VISTA la instancia que en fecha 20 de diciembre del año en curso ha elevado al Poder Ejecutivo "La Metropolitana, Compañía Nacional de Seguros S. A.", establecida en La Habana, Cuba, por conducto de la Compañía Nacional de Seguros San Rafael C. por A., de esta ciudad, en su condición de Agentes Generales y Apoderada de Aseguradores de Ultramar, S. A., que a su vez son apoderados de "La Metropolitana, Compañía Nacional de Seguros S. A.", solicitando que le sea concedida la autorización necesaria de conformidad con la Ley sobre Compañías de Seguros, Nº 96, del 20 de marzo de 1931, para poder dedicarse en la República al negocio de seguros en el ramo de Incendio; VISTOS los documentos que integran el expediente y que comprueban que en el presente caso se han cumplido las formalidades exigidas por la Ley sobre Compañías de Seguros, ya citada, dicto el siguiente D E C R E T O : UNICO.- Se autoriza a "La Metropolitana, Compañía Nacional de Seguros, S. A.", de La Habana, Cuba, a dedicarse en el país al negocio de seguros en el ramo de Incendio. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona