Texto de la norma
Decreto No 1397 que aprueba una Resolución de la Junta Municipal de Vicente Noble estableciendo un arbitrio sobre matanza de animales para el consumo. G. O. No 5975, del 27 de Septiembre de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1397.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 25º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.- Aprobar, como por el presente apruebo, el siguiente artículo de la Resolución dictada por la Junta Municipal del Distrito de Vicente Noble en fecha 12 de julio de 1943, la cual ha sido previamente aprobada por el Ayuntamiento de la Común de Barahona por Resolución del 23 de julio del mismo año:
"ART. 1.- Crear, como por la presente crea, un arbitrio sobre Matanza en este Distrito Municipal, con la siguiente
TARIFA:
Por cada 1/2 kilo de carne de res, cerdo, chivo u ovejo, machos ........................................................ $ 0.01
Por cada 1/2 kilo de carne de res o de cerdo, hembras 0.01 1/2
Por cada 1/2 kilo de carne de chivo u ovejo, hembras 0.01
PARRAFO 1.- Las piezas de cada animal (cabeza, hígado o redaños) no estarán sujetas a peso, y sólo podrá cobrarse por cada una de ellas, DIEZ CENTAVOS (0.10).
PARRAFO 2.- Las piezas de chivos u ovejos no pagarán derecho alguno.
PARRAFO 3.- Las reses que fueren sacrificadas para el consumo particular, sólo serán cobradas en la proporción de UN PESO ($1.00) por cabeza; y los cerdos, chivos u ovejos, a razón de TREINTA CENTAVOS ($0.30) por cada uno."
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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