Decreto No 1308 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de Jarabacoa estableciendo un arbitrio sobre el oficio de limpiabotas. G. O. No 5955, del 7 de Agosto de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1308.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 25º de la Constitución de la República;
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Jarabacoa en fecha 9 de Julio de este año, cuyo artículo tercero establece un arbitrio de UN PESO oro anual para poder ejercer el oficio de limpiabotas en dicha Común, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.- Aprobar, como por el presente apruebo, el arbitrio establecido por la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Jarabacoa arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
Reglamento No 1309 que fija los deberes de los Agentes Culturales Fronterizos.- G. O. No 5955, del 7 de Agosto de 1943.
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