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Decreto

Decreto 401

DESIGNACION DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL COMITE NACIONAL DE ALIMENTOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 oct de 1939fecha
Designacióntipo
G. O. 5371Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 401. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo 49 de la Constitución del Estado; He dictado el siguiente DECRETO: UNICO:- El Comité Nacional de Alimentos a que se refiere el artículo cuatro de la ley N° 152 de fecha 13 de septiembre del año en curso, queda constituído por las personas siguientes: Dr. M. de J. Troncoso de la Concha, Vicepresidente de la República, Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo, quien lo presidirá; Mayor General José García, M. M., Secretario de Estado de lo Interior y Policía, Primer Vicepresidente de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo; General Héctor B. Trujillo M., Jefe de Estado Mayor del Ejército Nacional, Segundo Vicepresidente de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo; el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, Señor Virgilio Alvarez Pina; Señor R. Paíno Pichardo, Presidente de la Junta Superior Directiva del Partido Dominicano, Vocal de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo; Señor J. B. Peynado Soler, Subsecretario de Estado de la Fresidencia, Secretario de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo; el Subsecretario de Estado de Industria y Trabajo, Señor José A. Seijas; el Tesorero Nacional, Señor Virgilio Abreu; Señor Arsenio Freites, Comerciante, y Señor Ricardo Hernández, Tesorero de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Ciudad Trujillo. DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de octubre del año mil novecientos treintinueve. JACINTO B. PEYNADO. Aprobación de la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Julia Molina, estableciendo un arbitrio para poder ejercer el oficio de limpiabotas.— G. O. Nº 5371, del 21 de Octubre de 1939.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona