JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 389.
En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal 3° del artículo 49 de la Constitución de la República; y
VISTA la ley número 1023, de fecha 1º de noviembre de 1935,
He dictado el siguiente
DECRETO:
UNICO:— Se declara de utilidad nacional el levantamiento del censo agro-pecuario de la República.
Párrafo:—Este censo será levantado durante el mes de enero de 1940, y estará a cargo de la Dirección General de Estadística, la cual se sujetará en todo a las disposiciones de la ley número 1023, de fecha 1o. de noviembre de 1935.
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de setiembre del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Carta de naturalización del Sr. Alejandro de la Peña Pacheco.— G. O. N° 5362, del 30 de Septiembre de 1939.
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