Decreto No 1280 que autoriza la impresión de sellos para documentos.- G. O. No 5948, del 26 de Julio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1280.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución de la República;
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, he dictado el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
20.000 (VEINTE MIL) sellos del tipo de CUATRO PESOS.
20.000 (VEINTE MIL) sellos del tipo de SEIS PESOS.
Art. 2.- La impresión de estos sellos se hará en el mismo tamaño, color y diseño que las impresiones anteriores, la númeración que se debe aplicar en la litografía, se hará en color negro, comenzando con el número 30.001 para los tipos de cuatro pesos. y con el número 15.001 para los de tipo de seis pesos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez y nueve días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona