Texto de la norma
Decreto No 1250 que modifica el personal de los Consejos de Guerra departamentales.- G. O. No 5941, del 10 de Julio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1250.
En ejercicio de la atribución que me acuerda el inciso 17º del artículo 49 de la Constitución, de nombrar y revocar los miembros de los Consejos de Guerra, de acuerdo con la ley, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Nombrar para el Consejo de Guerra de Ciudad Trujillo: Capitán Luis E. García, E. N., Juez, en sustitución del Capitán Celio Mercedes E. N.; Primer Teniente Roberto Ginebra, E. N., Juez, en sustitución del Primer Teniente Faustino de los Santos E. N., Segundo Teniente Luis A. Román, E. N., en sustitución del Segundo Teniente Ramón Otilio Férez, E. N.
Art. 2.- Para el Consejo de Guerra del Departamento Norte: Capitán Eurípides Peralta, E. N., Juez, en sustitución del ex Capitán César Gutiérrez Pereyra; Primer Teniente Camilo Suero Heureaux, E. N., Juez, en sustitución del Primer Teniente Pedro María Pérez, E.N. y Segundo Teniente Rafael A. Barrera Vega, E.N., Juez, en sustitución del Segundo Teniente Rafael A. Estrella, E. N.
Art. 3.- Para el Consejo de Guerra del Departamento Noroeste: Capitán José L. de Jesús Rojas, M.M., Juez, en sustitución del Capitán Manuel Lambertus, E. N.
Art. 4.- Para el Consejo de Guerra del Departamento Suroeste: Primer Teniente Faustino de los Santos, E.N., Juez, en reemplazo del Primer Teniente Roberto Ginebra, E. N., Primer Teniente Arturo Castillo Manzanillo, E.N.. Sustituto del Juez Instructor en reemplazo del Primer Teniente Manuel A. Espinal, E. N.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
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