Texto de la norma
Decreto No 1206 que pone bajo el control del Gobierno los bienes muebles o inmuebles propiedad del Sr. Manfred Axel Arthur Deltz, de nacionalidad alemana. G. O. No 5933, del 18 de Junio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1206.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución de la República;
VISTAS las disposiciones de la Ley No 544, del 5 de septiembre de 1941, modificada por la Ley No 632, del 11 de diciembre del mismo año, he dictado el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Todos los bienes muebles o inmuebles que se encuentran en el territorio nacional y que sean propiedad del señor Manfred Axel Arthur Deltz, de nacionalidad alemana, quedan declarados bajo el control del Gobierno.
Art. 2.- La administración de esos bienes estará a cargo del Colector de Rentas Internas de Puerto Plata, sin ninguna clase de retribución.
Art. 3.- Las sumas que sean cobradas por el Administrador Oficial serán depositadas en el Banco de Reservas de la República.
Art. 4.- Los fondos así depositados, así como los que el señor Manfred Axel Arthur Deltz tuviere en depósito en el Banco de Reservas de la República o en otros Bancos, quedarán indisponibles, a menos que sea, en cada caso, con la aprobación del Administrador Oficial, sea para el pago de deudas o impuestos u otros fines que apruebe el Secretario de Estado del Tesoro y Comercio.
Art. 5.- El Administrador Oficial deberá rendir cuenta mensualmente al Secretario de Estado del Tesoro y Comercio de todas las operaciones del mes anterior. Dicho Secretario de Estado podrá en cualquier tiempo ordenar inspecciones o residencias con relación a los bienes administrados, así como tomar todas las medidas que considere necesarias para asegurar la escrupulosa administración de los bienes controlados.
Art. 6.- Toda operación que se realice con los bienes o fondos del señor Manfred Axel Arthur Deltz sin la aprobación del Administrador Oficial carecerá de validez legal.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
Reglamento para inspección de mataderos, ganado, carnes y sus derivados.- G. O. Nº 5934, del 19 de Junio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la. República Dominicana
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