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Decreto

Decreto 4252

DECRETO del C. N. que autoriza la suma de $73.819 para cubrir las erogaciones ocasionadas por el incidente fronterizo en los meses de Febrero y Marzo de 1902

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 1902fecha
Designacióntipo
G. O. 1436Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4252.—DECRETO del C. N. que autoriza la suma de $73.819 para cubrir las erogaciones ocasionadas por el incidente fronterizo en los meses de Febrero y Marzo de 1902.— G. O. Núm. 1436 del 22 de Febrero 1902. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. Vista la comunicación de fecha 26 de Octubre del año próximo pasado, marcado con el número 3, dirigida al Congreso por el ciudadano Ministro de Hacienda y Comercio, en la que pide, á nombre del Poder Ejecutivo, se vote un crédito de cuarenta y cuatro mil seiscientos veinte y cinco pesos, ochenta centavos oro, para cubrir las erogaciones ocasionadas por el incidente fronterizo en los meses de Febrero y Marzo últimos, y veinte y nueve mil ciento noventa y tres pesos, ochenta y un centavos oro, por el movimiento revolucionario del mes de Mayo último; DECRETA: Unico: Se autoriza al Poder Ejecutivo á disponer hasta la suma de setenta y tres mil ochocientos diez y nueve pesos, sesenta y un centavos oro, para que cubra las erogaciones ocasionadas por el incidente fronterizo en los meses de Febrero y Marzo y por el movimiento revolucionario del mes de Mayo. § Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales Santo Domingo, 19 de Febrero de 1902; año 58º de la Independencia y 39º de la Restauración. El Presidente, J. J. Sánchez G.—Los Secretarios, Ignacio Coradín.—Dr. Morillo. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 21 días del mes de Febrero de 1902; año 58º de la Independencia y 39º de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—E. Brache, hijo.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona