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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 226

QUE PROHIBE LA EXPORTACION DEL TABACO Y NOMBRA CONTROL DEL TABACO AL SR. ANDRES PASTORIZA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 sept de 1942fecha
Designacióntipo
G. O. 5796Gaceta Oficial del 5 sept de 1942
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 226, que prohibe la exportación del tabaco y nombra Control del Tabaco al Sr. Andrés Pastoriza.— G. O. Nº 5796, del 5 de Septiembre de 1942, RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. NUMERO 226. CONSIDERANDO; Que el tabaco en rama producido en el país constituye una materia prima cuya exportación ilimitada representaría un perjuicio para la industria nacional del tabaco elaborado; En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley Nº 16, del 23 de junio del año en curso, DECRETO: Art. 1.— Queda prohibida la exportación de tabaco no elaborado producido en el país, sin previo permiso del Control &l Tabam, quien no otorgma 10s penmisos que le sean soli& tados sin0 en 10s cays en que, a su juicio, la exportacicln de que se trate no perjudique la indwtnia nacional de elabolracih del tahaco. .: Art. 2.- El sefior An&& Pastoriza, Diputa%b a1 Cowre- 50 Nachnal, q u d a nombrado Control del Tabam, para los f k s ~ de] presente Decreto. D A M en Ciudad pljillo, Distrito de Santo Do*&, Ca- pital de la Rep12blica Dominicam, a lm tres d i t ~ del me~ de mp- tienibre del aiio mil @cwecientos cuarenta y dos, WQ de la Independencia, W de la Restauraci6n y 139 de la Era de Tru- jillo, RAFAEL L mumw. I - . k b Nv 227, que mmbra al Dr. Manuel A. Santacyrprt 0.ledrQtho dd la Facultad de Cirwia Dental.- G. 0. NP 6791, del 9 de mtiembre de 1Q42. RAFAEL LEONIDAS TaUJITAAI MOLINA ptesidcntc dc h Ikmlblh Domhhna NUHERO m7, En ejencicio de !a at&uci6n que me contieren los articu- 10s 49, inciso 59 iie la Constituci6n, y S de la Ley de Organi- zaci6n Universitwia, D P C B E T O : UN1OO.- El Dwtor .Manuel A. Santamarh queds brado CaMr&tico de la Facultad de Cirug€a Dental de la Uni- veraidad de Santo Domingo. DADO en Ciudad ’hjillo, Didrh de Santo DomingO, C& pita1 de la Repiiblica Daminicana, a roe 3 d b del mes de tiembre del aiio mil noveciexrbs cuarenta y dos, ail0 999 de la Independencia, 809 cle la ReJstadrki6n y 130 de la Era de !Fru- jilio, W & L E m u m .

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona