Texto de la norma
Decreto No 223, que autoriza una emisión de sellos para la percepción del impuesto sobre cédula personal de identidad para hombres.— G. O. No [cédula], del 4 de Septiembre de 1942. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 223.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución; y
Vistos los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas,
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de QUINIENTOS VEINTE Y SIETE MIL (527,000) sellos para la percepción del impuesto sobre cédula personal de identidad para hombres, en los siguientes tipos y cantidades:
Primera Categoría
500 sellos del tipo de CINCUENTA PESOS, color verde;
Segunda Categoría
500 sellos del tipo de VEINTICINCO pesos, color rojo;
Tercera Categoría
1.000 sellos del tipo de DIEZ PESOS, color marrón;
Cuarta Categoría
5.000 sellos del tipo de CINCO PESOS, color rosa;
Quinta Categoría
5.000 sellos del tipo de TRES PESOS, color mamey;
Sexta Categoría
15.000 sellos del tipo de DOS PESOS, color amarillo;
Séptima Categoría
450.000 sellos del tipo de UN PESO, color azul;
Duplicados
30.000 sellos del tipo de CINCUENTA CENTAVOS, color rosa;
20.000 sellos del tipo de VEINTICINCO CENTAVOS, color morado.
Art. 2.- Los sellos de CINCUENTA PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color verde, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior, se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte cen-
tra! horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Primera Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de VEINTICINCO PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color rojo, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Segunda Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se impone. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de DIEZ PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color marrón, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Tercera Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de CINCO PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color rosa, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Cuarta Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se impo-
nen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de TRES PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color mamey, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevará la siguiente leyenda: "Quinta Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de DOS PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color amarillo y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior, se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Sexta Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de UN PESO se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color azul, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Séptima Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Los sellos de CINCUENTA CENTAVOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color rosa, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más
abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Duplicado de Cédula". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de centavos y el valor facial en cifras.
Los sellos de VEINTICINCO CENTAVOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color morado, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá: "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Duplicado de Cédula". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de centavos y el valor facial en cifras.
Art. 3.- La numeración de las diferentes partidas de estos sellos, que se debe aplicar en la Litografía, se hará en color negro, comenzando por el número UNO.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 2 días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Reglamento para el funcionamiento de la Liga Nacional Antituberculosa.- G. O. Nº 5797, del 9 de Septiembre de 1942
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