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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1834

CONCESION DE UN PLAZO DE QUINCE DIAS PARA QUE LOS ARTICULOS EMBARCADOS O DESEMBARCADOS EN LOS PUERTO...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 mar de 1937fecha
Concesióntipo
G. O. 5006Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana BENEFACTOR DE LA PATRIA NUMERO 1834. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso terce- ro del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado; Visto el artículo sexto de la ley de impuesto sobre movi- miento de carga y servicio de muelle y almacenage, modificado por la ley número mil ciento veintiuno, promulgada el día cua- tro de agosto del año mil novecientos treinta y seis; Considerando que las dificultades que existen para el trans- porte de la carga en los puertos de Azua y Montecristi, justi- fican que se señale un plazo mayor que el de cinco días fijado en el mencionado artículo sexto, para que la carga pueda permanecer en los muelles del Estado, en las aduanas, en los depósitos del muelle, o en terrenos dedicados al uso de las aduanas, sin estar sujeta al pago de derechos de almacenaje, D E C R E T O : UNICO:- Los artículos que sean embarcados o desembarcados en los puertos de Azua y Montecristi no estarán sujetos al pago de los derechos de almacenaje establecidos por la ley, sino después que hayan permanecido más de quince días en los muelles del Estado, o en las aduanas, o en los depósitos del muelle, o en terrenos dedicados al uso de las aduanas. DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República, el día trece del mes de marzo del año mil novecientos treinta y siete. RAFAEL L. TRUJILLO. Cancelación del nombramiento del Sr. Dr. Bienvenido Carrasco como Agregado Sanitario de la Legación en París.- G. O. No. 5006, del 17 de Marzo de 1937.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona