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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 143

que autoriza el tránsito de carretas, mulos, bueyes y toda clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 ago de 1942fecha
Otrostipo
G. O. 5782Gaceta Oficial del 5 ago de 1942
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 143, que autoriza el tránsito de carretas, mulos, bueyes y toda clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República. - G. O. Nº 5782, del 5 de Agosto de 1942. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 143. CONSIDERANDO: Que, en vista de la restricción del suministro de combustibles impuesta por las circunstancias actuales, los servicios de los vehículos de motor pueden llegar a ser insuficientes para las necesidades del transporte de carga y de pasajeros, y que, por tanto, es conveniente ofrecer todas las facilidades necesarias para que el transporte pueda ser efectuado o completado por otros medios; En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley Nº 16, del 23 de junio del año en curso, DECRETO: Art. 1.- Queda autorizado el tránsito de carretas, mulos, bueyes, y toda otra clase de vehículos y animales de tiro y de carga, por todos los caminos y carreteras de la República. Art. 2.- Quedan suspendidas todas las disposiciones legales o reglamentarias que estén en contrariedad con el presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 3 días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona