JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 356 bis.
En ejercicio de la atribución que me confiere el apartado
3º del articulo 49 de la Constitución de la República;
He dictado el siguiente
DECRETO:
UNICC:— El artículo 1º del decreto número 325, de fecha 13 de junio de 1939, queda modificado del modo siguiente:
"Art. 1.— Se fija el centro del Baluarte Veintisiete de Febrero como punto de partida de las distancias entre Ciudad Trujillo y las demás ciudades, villas y poblados de la República.
"Párrafo:— Este centro se localizará por medio de una placa circular de bronce de sesentiún centímetros de diámetro que llevará la siguiente leyenda: República Dominicana - Punto de Partida - Carreteras Nacionales, con indicación de los cuatro puntos cardinales".
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Carta de naturalización del Sr. Henry Bond Jones.— G. O. No. 5348, del 23 de Agosto de 1939.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona