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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 348

DECLARACION DE ZONA AGRICOLA LA SECCION DENOMINADA " EL CENTRO" DE LA COMUN DE MONTE PLATA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 1939fecha
Otrostipo
G. O. 5336Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 348. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado; VISTO el artículo 74 de la ley de policía; He dictado el siguiente DECRETO: Art. 1.--Queda declarada zona agrícola la sección denominada "El Centro", común de Monte Plata, provincia de Monseñor Meriño. Art. 2.-- Los animales que estén fuera de cerca en esta zona deberán ser extraídos de ella en el término de seis meses, contados a partir de la publicación del presente decreto. DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos treintinueve. JACINTO B. PEYNADO. Concesión de exequátur al Sr. Manuel Menéndez para que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario del Japón en Ciudad Trujillo.— G. O. No. 5338, del 26 de Julio de 1939.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona