Texto
Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 337.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3° del artículo 49 de la Constitución del Estado; y
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 del capítulo segundo de la ley orgánica de rentas internas,
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza la impresión de cinco millones de estampillas para uso en cajetillas de doce cigarrillos.
Art. 2.- Estas estampillas serán de veintiséis milímetros de ancho por cuarentitrés milímetros de largo, se imprimirán en color morado lila y en cantidades de cien estampillas en cada hoja, y llevarán las siguientes inscripciones: En la parte superior "República Dominicana", al centro el número 12, y debajo de este número la palabra "Cigarrillos". En la línea inferior, "Rentas Internas".
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de julio del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
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