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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 319

INTEGRACION DE LA COMISION NACIONAL DE CODIFICACION DEL DERECHO INTERNACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1939fecha
Otrostipo
G. O. 5324Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 319. En vista de la Resolución tomada por la Séptima Conferencia Internacional Americana el 24 de diciembre de 1933, con el fin de propender a la obra de la codificación gradual y progresiva del Derecho Internacional; En uso de la atribución que me confiere la Constitución del Estado, en su artículo 49, párrafo 3°; DECRETO: La Comisión Nacional de Codificación del Derecho Internacional que funcionará en la República Dominicana de acuerdo con la citada Resolución de la Séptima Conferencia Internacional Americana estará integrada por los ciudadanos siguientes: Dr. M. de J. Troncoso de la Concha, Vicepresidente de la República, ex-Delegado en la Conferencia de Jurisconsultos de Río de Janeiro, Profesor de Derecho de la Universidad de Santo Domingo; Licdo. Juan Tomás Mejía, Juez Presidente de la Suprema Corte de Justicia, ex-Rector de la Universidad de Santo Domingo; Licdo. Virgilio Díaz Ordoñez, Secretario de Estado de Justicia, Educación Público y Bellas Artes, Catedrático de la Universidad de Santo Domingo, ex-Magistrado del Tribunal de Tierras; Licdo. Julio Ortega Frier, Rector de la Universidad de Santo Domingo, ex-Secretario de Estado de Justicia, ex-Secretario de Estado de Relaciones Exteriores; Licdo. Enrique Henríquez, ex-Secretario de Estado de Relaciones Exteriores; y Licdo. Rafael Augusto Sánchez, ex-Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, ex-Miembro de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de junio del año mil novecientos treinta y nueve. JACINTO B. FEYNADO. Designación del Sr. Lic. Gustavo Julio Henríquez como Secretario de Primera Clase de la Legación de la República en Colombia y Venezuela.- G. O. N° 5324, del 13 de Junio de 1939.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona