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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1760

AUMENTO DE LA JORNADA DE TRABAJO EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 dic de 1936fecha
Otrostipo
G. O. 4976Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 1760. En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal tercero del artículo 49 de la Constitución del Estado; VISTA: la ley número 1058, promulgada el día 20 de diciembre de 1935; y CONSIDERANDO: que un interés de índole general requiere que durante los últimos días de diciembre y los primeros de enero, que el pueblo dominicano consagra a la celebración de las festividades de navidad y año nuevo, el límite de la jornada de trabajo sea aumentado en razón de las necesidades del comercio y del público consumidor; D E C R E T O : ARTICULO UNICO.— Durante el período comprendido entre el quince de diciembre de mil novecientos treinta y seis, inclusive, y el seis de enero de mil novecientos treinta y siete, también inclusive, el límite de la jornada de trabajo fijado por el artículo primero de la ley número 929, de fecha 21 de junio de 1935, podrá aumentarse hasta a trece horas en los establecimientos comerciales destinados a la venta, suministro y transporte de géneros y mercancías de toda especie. DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de diciembre del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona