Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1460.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; y
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas,
D E C R E T O :
Art. 1.— Queda autorizada la siguiente impresión de sellos para documentos:
75.000 (Setenticinco mil) sellos del tipo de veinticinco centavos.
75.000 (Setenticinco mil) sellos del tipo de cincuenta centavos.
40.000 (Cuarenta mil) sellos del tipo de un peso.
5.000 (Cinco mil) sellos del tipo de seis pesos.
Art. 2.— La impresión de estos sellos se hará en el mismo tamaño, color y diseño que las impresiones anteriores. La numeración que se debe aplicar en la Litografía, se hará en color negro comenzando con el número 30.001 para los del tipo de veinticinco centavos, 30.001 para los del tipo de cincuenta centavos, 25.001 para los del tipo de un peso, y con el número 1 para los del tipo de seis pesos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 22 días del mes de enero del año mil novecientos cuarentidós, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Impresión de tiquetes para la aplicación del impuesto de tránsito por puentes del Estado.— G. O. Nº 5699, del 28 de Enero de 1942.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.