GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana, BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1707.
En uso de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado;
VISTO el artículo ocho de la ley 581 promulgada el 12 de octubre de 1933 y publicada en el número 4618 de la Gaceta Oficial,
D E C R E T O :
UNICO. A las disposiciones relativas a la exportación de plátanos que figuran en el decreto número 854, de fecha 17 de noviembre de 1933, publicado en la Gaceta Oficial número 4627, se agrega lo siguiente:
Los plátanos que se embarquen con destino a Puerto Ri- co pueden ser envasados en serones nuevos, siempre que di- chos envases puedan ser fácilmente abiertos para los fines de inspección y que estén libres de hojas, tallos o materias ex- trañas y que los plátanos embarcados de esa manera se ajus- ten a todas las reglamentaciones actualmente en vigor.
DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Domi- nicana, a los diez y siete días del mes de octubre del año mil novecientos treinta y seis.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona