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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1624

REGISTRO EN LA SECRETARIA GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LAS NACIONES DEL ACUERDO PARA SOLUCIONAR LAS DIF...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jul de 1936fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 4924Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Presidente de la República de Haití

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana, BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 1624. En uso de las facultades de que estoy investido por la Constitución del Estado; Visto el Artículo 18 del Pacto de la Sociedad de las Naciones; Vista la Resolución núm. 598, del Congreso Nacional, promulgada el 16 de Diciembre de 1926; D E C R E T O : UNICO:—Ordenar que sean registrados en la Secretaría General de la Sociedad de las Naciones los siguientes instrumentos internacionales: a) El Acuerdo habido entre el Presidente de la República Dominicana y el Presidente de la República de Haití, en fecha 27 de Febrero de 1935, para solucionar las dificultades encontradas en la ejecución del Tratado de Fronteras Domínico-Haitiano, del 21 de Enero de 1929; y b) El Protocolo de Revisión del Tratado de Fronteras Domínico-Haitiano del 21 de Enero de 1929, firmado en Puerto Príncipe el 9 de Marzo de 1936 por el Presidente de la República Dominicana y el Presidente de la República de Haití, y cuyos instrumentos de ratificación fueron canjeados en Ciudad Trujillo el 14 de Abril de 1936. Párrafo:— La Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores queda encargada de la ejecución del presente Decreto. Comuníquese y publíquese. Dado en la Mansión Presidencial, en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO. Cancelación de las Letras Patentes del señor H. Viti Mariani como Cónsul Honorario en Newark, Estados Unidos de América.— G. O. No. 4924, del 18 de Julio de 1936.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona