Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
ta zona, deberán ser extraídos de ella en el término de seis meses, contados a partir de la publicación del presente decreto.
Art. 2.- Queda derogado en todas sus partes el decreto número 2009, de fecha 29 de septiembre de 1937.
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de enero del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Designación del Sr. Lic. Elías Brache hijo como Delegado de la República ante la Segunda Reunión de las Jornadas Neuro-Psiquiátricas Panamericanas, que se celebrará en Lima.- G. O. N° 5268, del 21 de Enero de 1939.
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 136.
En virtud de las atribuciones que me confiere la Constitución del Estado,
DECRETO:
El Señor Lic. Elías Brache hijo, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en Chile, Perú, Bolivia y Ecuador, queda designado Delegado de la República ante la Segunda Reunión de las Jornadas Neuro-Psiquiátricas Panamericanas, que se celebrará en Lima del 20 al 25 de Marzo de 1939.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo Capital de la República, a los doce días del mes de enero del año mil novecientos treinta y nueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Designación del Sr. Dr. Ricardo Pérez Alfonseca como Delegado de la República ante la IV Conferencia Mundial de Trabajadores en favor de los Inválidos que se celebrará en Londres.- G. O. N° 5268,
del 21 de Enero de 1939.
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 137.
En virtud de las atribuciones que me confiere la Constitución del Estado,
DECRETO:
El Señor Doctor Ricardo Pérez Alfonseca, Secretario de
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.