Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1599.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado la señora Bienvenida Naveransacona de Urruchúa, mayor de edad, de estado casada, natural de Vizcaya, sitio de Yurre, España, domiciliada y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el artículo 2º de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que la impetrante ha demostrado estar debidamente autorizada por su esposo, el señor José Urruchúa y Aguirre, quien adquirió carta de naturalización por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de diciembre de 1937;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que una extranjera pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización;
He dictado el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede carta de naturalización a la señora Bienvenida Naveransacona de Urruchúa, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.- La beneficiaria recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Este decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 6 días del mes de abril del año mil novecientos cuarentidos, año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
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