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Decreto

Decreto 810

REGLAMENTACION DE LA INTRODUCCION DE PLANTAS Y PARTES DE PLANTAS VIVAS DE FRUNTAS CITRICAS, DE PLANT...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 sept de 1933fecha
Otrostipo
G. O. 4607Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 810. En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 49, párrafo 3o., de la Constitución del Estado, y visto el artículo 6 de la ley número 933, promulgada en fecha 23 de Mayo de 1928, y publicada en el número 4482 de la Gaceta Oficial, DECRETO: Artículo 1.- En razón de la necesidad de proteger la agricultura nacional contra la posible introducción de la Cochinilla Blanca (Icerya Purchasi) que se encuentra difundida en algunos países, especialmente en Cuba, Puerto Rico, Estados Unidos de América, México y Australia, se prohibe la introducción de plantas y partes de plantas vivas de frutas cítricas, de plantas de Acacias, Casuarinas (Pino Australiano) y Rosales en general de cualquier procedencia cuando no vengan amparadas con un certificado oficial del Servicio de Sanidad Vegetal del país de origen, garantizando haber examinado las plantas o partes de plantas comprendidas en la documentación de embarque y haberlas encontrado exentas de la plaga de Icerya Purchasi en cualquier estado de su desarrollo. Artículo 2.- Los Inspectores de Sanidad Vegetal someterán a riguroso examen todas las plantas o partes de plantas mencionadas y cualesquiera otras especies hospederas de la Icerya Purchasi y, en caso de encontrar el parásito en algún estado, procederán a la destrucción de todas las plantas infectadas. DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residencia Accidental del Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días del mes de Agosto del año mil novecientos treinta y tres. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia. Refrendado: Lic. Arturo Logroño, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Interino. Refrendado: César Tolentino, Secretario de Estado de Agricultura y Comercio.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona