Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 778.
POR CUANTO el Señor Abraham Calac, natural de Nazaret, Palestina, casado, de cincuenta años de edad, comerciante, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
POR CUANTO el Señor Abraham Calac, cuya es la fotografía que, sellada con el sello seco de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, está adherida tanto a este original como a las copias de este Decreto que quedan depositadas en los archivos de las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, y de Relaciones Exteriores, ha acompañado su solicitud con documentos que comprueban que tiene en la República una residencia no interrumpida de más de diez años;
VISTA la ley No. 1227, sobre Naturalización, promulgada el día 4 de Diciembre de 1929; y
En uso de las facultades que confiere al Poder Ejecutivo dicha ley,
D E C R E T O :
Art. 1.— Conceder, como al efecto concedo, CARTA DE NATURALIZACION al Señor Abraham Calac, la cual le inviste con todos los derechos y deberes inherentes a la nacionalidad dominicana, previo el juramento de ley que prestará ante el Gobernador de la Provincia Espaillat.
Art. 2.— La presente CARTA DE NATURALIZACION será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, y de Relaciones Exteriores, y será publicada, además, en la "Gaceta Oficial".
DADO en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de Julio del año mil novecientos treinta y tres.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: T. Pina Chevalier, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina.
Refrendado:
Arturo Logroño,
Secretario de Estado de Relaciones
Exteriores, Interino.
Registrada al Núm. 131.
Emilio Espínola,
Oficial Mayor de la Secretaría
de Estado de lo Interior,
Policía, Guerra y Marina.
Registrada al Núm. 175.
T. R. Calderón,
Oficial Mayor de la Secretaría de Estado
de Relaciones Exteriores.
Reglamento para la Ejecución de la Ley No. 440, que establece impuesto
sobre el azúcar y el arroz.- G. O. No. 4604 del 30 de Agosto de 1933.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.