Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1508.
En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal tercero del artículo 49 de la Constitución del Estado, y vistos los artículos 8, 9 y 10 de la ley orgánica de rentas internas:
DECRETO:
Artículo 1.— Se autoriza la impresión de sellos de correos en los siguientes tipos y cantidades:
Cincuenta mil sellos de correos del tipo de medio centavo. en color marrón;
Ciento veinticinco mil sellos de correos del tipo de dos centavos, en color rojo,
Doscientos cincuenta mil sellos de correos del tipo de tres centavos en color anaranjado;
Cincuenta mil sellos de correos del tipo de siete centavos, en color azul.
Artículo 2.— Estos sellos se imprimirán en tamaño de 3 cm. por 5.2 cm., y tendrán el siguiente diseño: en el centro, la avenida George Washington; en el ángulo superior de la derecha, la efigie del Presidente de la República, Generalísimo Rafael L. Trujillo Molina; en la línea superior, esta leyenda: República Dominicana; en el ángulo inferior de la derecha, en cifras, el valor facial de cada sello; y sobre la avenida, en letras muy pequeñas, esta leyenda: Avenida George Washington, Ciudad Trujillo — 4 de diciembre 1935 — 22 de febrero 1936.—
DADO en la Mansión Presidencial, en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de febrero del año mil novecientos treintiseis.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cancelación del decreto No. 1488, por el cual el Doctor Porfirio Dominici fué designado Secretario de Primera Clase de la Legación en la República Española.— G. O. No. 4879, del 22 de Febrero de 1936.
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