Texto de la norma
Modificación del artículo seis del reglamento sobre la preparación del café, numero mil trescientos noventa, del veintitrés de septiembre de 1935.- G. O. No. 4869, del 18 de Enero de 1936.
LICENCIADO JACINTO B. PEYNADO, Vicepresidente de la República Dominicana, EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO.
NUMERO 1485. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución,
DECRETO:
UNICO.- Queda modificado de la manera siguiente el artículo seis del reglamento sobre la preparación del café, número mil trescientos noventa, del veintitrés de septiembre de mil novecientos treinta y cinco:
"Art. 6.- Cuando el café se destine a la exportación, además de las marcas de comercio del exportador, llevará en los envases las siguientes marcas, según el caso: "Café natural en cáscaras" "Café lavado en pergamino" "Café lavado trillado" "Café lavado sin trillar" "Café natural trillado" "Café natural sin trillar" "Café Pasilla" "Café tostado" "Café molido"
DADO en el Palacio del Poder Ejecutivo, en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los diez y seis días del mes de enero del año mil novecientos treinta y seis.
J. B. PEYNADO.
Prórroga de permiso de exploración al señor coronel John Whitney Lewis.- G. O. No. 4872, del 29 de Enero de 1936.
LICENCIADO JACINTO B. PEYNADO, Vicepresidente de la República Dominicana, EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO.
NUMERO 1486. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado; VISTO el artículo octavo de la ley seiscientos sesenta y
nueve, promulgada el día diez y nueve de abril de mil novecientos treinta y cuatro, relativa a permisos de exploración;
VISTA la resolución número novecientos setenta del veintisiete de abril de mil novecientos treinta y cuatro, por la cual se otorga al señor coronel John Whitney Lewis permiso para efectuar exploraciones en busca de yacimientos de petróleo e hidrocarburos, gas natural y minerales análogos, en las provincias de Montecristi, Seybo, Azua (con excepción de los terrenos comprendidos en la concesión denominada "Higüerito") y Barahona, durante el término de un año, y con sujeción a todas las exigencias de la ley;
VISTA la instancia que, con fecha del diez de abril del año pasado, y por conducto de la Secretaría de Estado de Comercio e Industria, ha elevado al Poder Ejecutivo dicho señor coronel John Whitney Lewis, por la cual solicita que le sea prorrogado por un nuevo plazo de un año el permiso ya mencionado;
Atendido que el solicitante ha presentado pruebas de que dentro del primer plazo realizó trabajos serios de investigación, y ha consentido en reducir en parte el área abarcada por el permiso originario;
RESUELVO:
UNICO.— Conceder al señor coronel John Whitney Lewis la prórroga del permiso que le fué concedido por resolución número novecientos setenta, del veintisiete de abril de mil novecientos treinta y cuatro, para efectuar exploraciones en busca de yacimientos de petróleo e hidrocarburos, gas natural y minerales análogos, en la región de la provincia de Montecristi que se extiende al norte de una línea recta trazada desde la población de Dajabón a través de la población de Monción, hasta el límite con la provincia de Santiago; en la región de la provincia del Seybo situada al sur de una línea recta trazada desde la población de Hato Mayor hacia el oeste hasta el límite con la provincia de Macorís y hacia el este hasta la costa; y en las provincias de Azua y Barahona.
Párrafo.— Esta prórroga es válida por el término de un año desde la expiración del primer permiso, y con sujeción a todas las exigencias de la ley.
DADA en el Palacio del Poder Ejecutivo, en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los 16 días del mes de Enero del año mil novecientos treinta y seis.
J. B. PEYNADO.
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