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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 140

QUE CONSTITUYE EL CONSEJO SUPERIOR DIRECTIVO DE LA LIGA NACIONAL ANTITUBERCULOSA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jul de 1942fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 5781Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 140, que constituye el Consejo Superior Directivo de la Liga Nacional Antituberculosa.- G. O. N° 5781, del 1° de Agosto de 1942. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 140. CONSIDERANDO: Que, en vista de los fines de la Liga Nacional Antituberculosa, es conveniente que su Consejo Superior Directivo esté presidido por un médico y que figuren en dicho Consejo, como miembros asesores, facultativos familiarizados con los problemas de índole científico y social relacionados con la tuberculosis; En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 5° del artículo 49 de la Constitución y visto el artículo 2 de la Ley N° 333, del 30 de septiembre de 1940, DECRETO: Art. 1.- El Consejo Superior Directivo de la Liga Nacional Antituberculosa queda constituido del siguiente modo: Dr. Rafael Espaillat de la Mota, Presidente; señor J. Furcy Pichardo, Director del Presupuesto, Tesorero General; Dr. J. M. Moscoso Cordero, Secretario General; señores doña Irene Báez de Herrera, Miguel Angel Recio, Dr. Heriberto Valdez, Dr. Fernando A. Defilló, Dr. Parmenio Troncoso de la Concha, Dr. Fabio A. Mota y Dr. José Manuel Rodríguez Jiménez, Miembros Asesores. Art. 2.- El Consejo Superior Directivo, asesorado por el Contralor y Auditor General de la Nación, preparará el reglamento para el funcionamiento administrativo de la Liga, así como el sistema de contabilidad y administración de los fondos recaudados por dicha institución. Art. 3.- Queda derogado el Decreto N° 838, del 29 de noviembre de 1940. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99° de la Independencia, 79° de la Restauración y 13° de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona