GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1101.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado, y visto el artículo cuatro de la ley número seiscientos sesenta, promulgada el once de Abril del presente año,
DECRETO:
Unico:- Además de la atribución que le confiere mi decreto número novecientos sesenta y ocho, del diez y nueve de Abril de este mismo año, el Secretario de Estado de Trabajo y Comu-
nicaciones queda autorizado para concertar convenios y precios especiales para la trasmisión de anuncios comerciales por la estación radiodifusora del gobierno, cuando lo justifiquen el carácter permanente de los anuncios u otras circunstancias especiales.
Dado en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de Noviembre del año mil novecientos treinta y cuatro.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Aprobación de ordenanza del ayuntamiento de San Juan de la Maguana que crea derechos sobre lidias de gallo y sobre mercados públicos.- G. O. No. 4737, del 21 de Noviembre de 1934.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona