GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1090.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero de la Constitución del Estado, y visto el artículo setenta y cuatro de la ley de policía,
D E C R E T O :
Artículo 1.— Queda declarada zona agrícola la sección de Las Ahuyamas, de la común de San José de Ocoa, provincia de Azua.
Artículo 2.— Los dueños de animales que estén fuera de cerca en los límites de esa zona deben extraerlos de ella en el término de cinco meses, contado desde la fecha de la publicación de este decreto en la Gaceta Oficial.
DADO en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de Octubre del año mil novecientos treinta y cuatro.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Aprobación de ordenanza del Ayuntamiento de Santo Domingo que crea arbitrio sobre trasmisión de derechos de arrendamiento sobre terrenos o solares de la común.— G. O. No. 4728, del 24 de Octubre de 1934.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona